A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Cooperativa De Ahorro Y Credito Cidesa·Respondent Municipio De Cañasgordas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos derivados de contratos de garantía mobiliaria celebrado entre particulares
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Frontino (Antioquia) y el Juzgado 031 Administrativo de Medellín (Antioquia), causado por una demanda ejecutiva presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito CIDESA, en contra del municipio de Cañasgordas (Antioquia), con la cual solicita que se libre mandamiento ejecutivo por una obligación incumplida y se hagan efectivas las garantías, entre otras pretensiones.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que la demanda versa sobre la ejecución de una obligación contenida en un contrato de garantía mobiliaria, inscrito en el Registro de Garantías Mobiliarias, suscrito entre la sociedad GEPE S.A.S. y la Cooperativa CIDESA., que conforme el artículo 32 de la Ley 80/93, no puede considerarse como un contrato estatal pues no es celebrado por una entidad pública sino entre particulares.
Ahora, aunque el municipio de Cañasgordas no suscribió el contrato de garantía mobiliaria, dio su aceptación respecto de la cesión de los derechos económicos derivados del contrato de obra pública celebrado con GEPE S.A.S y garantizó el pago en favor de la demandante, luego se excluye la aplicación del numeral 6 del artículo 104 del CPACA.
Siguiendo la regla de decisión contenida en el Auto 2586 de 2023, de conformidad con los artículos 57 y 82 de la Ley 1676 de 2013, así como el artículo 104.6 del CPACA, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la autoridad competente para conocer las demandas ejecutivas formuladas en contra de entidades públicas que versan sobre contratos de garantía mobiliaria.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Frontino (Antioquia) y el Juzgado 031 Administrativo de Medellín (Antioquia), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Frontino (Antioquia) es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito CIDESA en contra del municipio de Cañasgordas (Antioquia).
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6145 al Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Frontino (Antioquia) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 031 Administrativo de Medellín (Antioquia).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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